En base a lo anteriormente expuesto, este JUZGADO PRIMERO DE CONTROL DE LA SECCION DE ADOLESCENTES, CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO BOLIVAR, EXTENSION TERRITORIAL PUERTO ORDAZ, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara la PRESCRIPCION DE LA ACCION PENAL, de la causa seguida al joven JHONNATA JOSE LUTFIVELA VELASQUEZ, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° V-17.317.704, de 17 años de edad para el momento de los hechos, residenciado en Terrazas de Akurima, Parcela N° 7, Casa s/n, Santa Elena de Uairén, Municipio Gran Sabana del Estado Bolívar, hijo de Delys del Carmen Velásquez García, por la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 451, en relación con el artículo 453, ordinal 1° del Código Penal Venezolano Vigente, en perjuicio de la ciudadana Angela Quejada de González, actuando de conformidad con lo previsto en el Artículo 615 de la Ley Orgánica para la Pro.....