En consecuencia; deberán permanecer los niños (IDENTIDAD OMITIDA, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNNA), venezolanos, de 3 y 6 años de edad, nacidos el día 04/05/2021 y 15/08/2017respectivamente, bajo la responsabilidad de custodia de la solicitante- abuela materna, ciudadana LEIDY MILENY GRATEROL ROJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-19.954.882, domiciliada en el Sector 9, Avenida Intercomunal, calle de servicio, Parroquia Santa Lucia, Municipio Independencia del estado Yaracuy; en el hogar de ésta, el cual tendrá la representación legal, pudiendo realizar normal y expeditamente trámites ante cualquier institución pública o privada que precise realizar a favor de los niños, así como diligencias pertinentes y necesaria de la vida y salud cotidiana de los niños de autos; sin vulnerar las garantías constitucionales y legales en interés superior de los niños, tomando en consideración siempre, sus condiciones y atenciones de es.....