Se dictò decisión en la presente causa acogiendo la precalificación realizada por la representación Fiscal correspondiente al Delito de Violencia Fisica, previsto y sancionado en el articulo 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida libre de Violencia. Se acordó medida de protección y Seguridad a la ciudadana KARINA DEL VALLE BRICEÑO MUÑOZ de las establecidas en los ordinales 5º y 6º del articulo 87 de la referida Ley especial, asimismo se decreto Medida cautelar sustitutiva de la Privativa de Libertad de la establecida en el articulo 256, ordinal 3º al ciudadano ELIEZER JOSE GUZMAN GONZALEZ, consistente en presentaciones cada 30 dias por ante la Comisaria Policial de Upata. Se decreto seguir la presente causa por el procedimiento especial de conformidad con lo establecido en el articulo 94 de la referida Ley. Quedando debidamente notificadas las partes de la presente decisión.