Se dictò decisión en la presente causa acogiendo la precalificación realizada por la representación Fiscal correspondiente al Delito de Violencia Fisica, previsto y sancionado en el articulo 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida libre de Violencia. Se acordó medida de protección y Seguridad a la ciudadana MAURA MILENA MONTES de la establecida en el ordinal 6º del articulo 87 de la referida Ley especial, asimismo se decreto Medida cautelar sustitutiva de la Privativa de Libertad de la establecida en el articulo 256, ordinal 9º al ciudadano JAVIER ALBERTO MONTES, consistente en presentaciones cada vez que el Tribunal lo requiera. Se decreto seguir la presente causa por el procedimiento especial de conformidad con lo establecido en el articulo 94 de la referida Ley. Quedando debidamente notificadas las partes de la presente decisión.