PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la representación judicial de la parte demandante recurrente contra la decisión dictada en fecha veintitrés (23) de noviembre del año dos mil veintitrés (2023), por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en el asunto signado con el Nº UP11-L-2007-0000522. ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: SE ORDENA a la Juez del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, tramitar la impugnación interpuesta por la parte demandante recurrente. ASI SE DECIDE.
TERCERO: No hay condenatoria en costas en la presente apelación por la naturaleza de la decisión. ASI SE DECIDE.-