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Decisiones del dia 13/03/2008

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Superior Primero Civil, Mercantil, Tránsito, Protección del Niño y del Adolescente y Contencioso Administrativo Sede Puerto Ordaz
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : 11.288 N° Sentencia : Fecha: 13/03/2008
Procedimiento:
Recurso De Nulidad Funcionarial
Partes:
LEONARDO JOSE VIVAS CASTILLEJO, EN CONTRA DEL GOBERNADOR DEL ESTADO BOLÍVAR
Resumen:
CON LUGAR el RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FUNCIONARIAL interpuesto por el ciudadano LEONARDO JOSE VIVAS CASTILLEJO en contra del Decreto N° 127, dictado por el Gobernador del Estado Bolívar, en fecha 07 de marzo de 2006, en lo que respecta a su retiro del cargo de Cabo Segundo del Instituto Autónomo de Policía del Estado Bolívar, ANULÁNDOSE SU RETIRO de la Administración Policial y se ordena la reincorporación del recurrente al cargo que desempeñaba o a otro de igual jerarquía y remuneración y el pago de los sueldos dejados de percibir desde la fecha de su ilegal retiro hasta su efectiva reincorporación al cargo con las variaciones que en el tiempo haya experimentado, salvo aquellos que impliquen la prestación efectiva del servicio, a fin de restablecer la situación jurídica subjetiva lesionada.
Juez/Ponente:
Betti Ovalles Lobo
Organo:
Juzgado Superior Primero Civil, Mercantil, Tránsito, Protección del Niño y del Adolescente y Contencioso Administrativo Sede Puerto Ordaz
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N° Expediente : 11.276 N° Sentencia : Fecha: 13/03/2008
Procedimiento:
Recurso De Nulidad Funcionarial
Partes:
GIOVANNI JOSE DOMINGUEZ SALAYA, EN CONTRA DEL DECRETO N° 127, DICTADO POR EL GOBERNADOR DEL ESTADO BOLÍVAR
Resumen:
CON LUGAR el RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FUNCIONARIAL interpuesto por el ciudadano GIOVANNI JOSE DOMINGUEZ SALAYA en contra del Decreto N° 127, dictado por el Gobernador del Estado Bolívar, en fecha 07 de marzo de 2006, en lo que respecta a su retiro del cargo de Cabo Segundo del Instituto Autónomo de Policía del Estado Bolívar, ANULÁNDOSE SU RETIRO de la Administración Policial y se ordena la reincorporación del recurrente al cargo que desempeñaba o a otro de igual jerarquía y remuneración y el pago de los sueldos dejados de percibir desde la fecha de su ilegal retiro hasta su efectiva reincorporación al cargo con las variaciones que en el tiempo haya experimentado, salvo aquellos que impliquen la prestación efectiva del servicio, a fin de restablecer la situación jurídica subjetiva lesionada.
Juez/Ponente:
Betti Ovalles Lobo
Organo:
Juzgado Superior Primero Civil, Mercantil, Tránsito, Protección del Niño y del Adolescente y Contencioso Administrativo Sede Puerto Ordaz
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