PARCIALMENTE CON LUGAR la ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL incoado por los abog. ABNER VILORIA Y JUAN RODRÍGUEZ, inscrito en el inpreabogado bajo los nros. 14.270 y 113.060, actuando en nombre y representación de la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO PIAR DEL ESTADO BOLÍVAR; en contra de los hechos, actos u omisiones cometidas por la Inspectoría del Trabajo en la Zona del Hierro del Estado Bolívar, con Sede en Puerto Ordaz. En consecuencia, a los fines de restablecer la situación jurídica infringida se ordena a la Inspectoría del Trabajo Zona de Hierro, para que en el procedimiento administrativo seguido contra la accionante, cumpla con la garantía constitucional del derecho la defensa, inherente al debido proceso administrativo constitucionalmente consagrado, se le permita a la accionante el acceso al expediente administrativo a los fines del cabal ejercicio de sus derechos y se le provea las copias certificadas del expediente administrativo nro. 001-2002. De conformidad con el artículo 2.....