En fuerza de las consideraciones anteriores, este Juzgado Superior Civil, Mercantil y de Tránsito, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR el RECURSO DE HECHO interpuesto por la abogada MERCEDES MASSON con el carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil KTRON ELECTRONICA C.A. parte demandante del juicio de TACHA DE FALSEDAD DE INSTRUMENTO PODER seguido en contra de la ciudadana LUZ DAYANA DIAZ, contra el auto de fecha 28 de mayo de 2015 dictado en el referido juicio por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Bancario y Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar; en consecuencia se le ordena al prenombrado tribunal OIR EN UN SOLO EFECTO LA APELACIÓN DE FECHA 12 DE MAYO DE 2015 interpuesta por la abogada MERCEDES MASSON con el carácter ya acreditado, inserta al folio 43 contra la referida decisión de fecha 07/05/2015. Todo ello.....