CAPITULO QUINTO DISPOSITIVA
En fuerza de las consideraciones anteriores este Juzgado Superior Civil, Mercantil, del Tránsito Bancario y Marítimo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida por la abogada CARMEN MOTA, apoderada judicial de la actora en contra de la sentencia de fecha 05/04/2019 dictada por el tribunal a quo; en consecuencia, se CONFIRMA el referido fallo, en los términos expuestos en la presente decisión.
SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda de fraude procesal ejercida por Dorina del Jesús Mendoza Navarro en contra de Rhonell Coa, Rosa Ouibied, Virgilia Brito Fernández y el Taller Automotriz Marco C.A., todos identificados en autos.
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