Por todos los razonamientos anteriores este Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito y Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por COBRO DE BOLIVARES POR EL PROCEDIMIENTO DE INTIMACION, sigue la Sociedad Mercantil SONCA, C.A., contra la Sociedad Mercantil INVERSIONES Y CONSTRUCCIONES FANBEL, C.A., e INADMISIBLE la reconvención propuesta por la representación judicial de la parte demandada, ambos ampliamente identificados ut supra; en consecuencia se condenan a la parte demandada al pago de las siguientes cantidades:
• DIEZ MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y UN MIL QUINIENTOS VEINTICINCO BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 10.361.525,oo), lo cual equivale actualmente a la suma de DIEZ MIL TRESCIENTOS SESENTA Y UNO BOLIVARES FUERTES CON QUINIENTOS VEINTICINCO CENTIMO.....