Por todos los razonamientos anteriores este Juzgado Superior Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara con lugar el recurso de apelación ejercido por el abogado JULIO CÉSAR LÓPEZ, en su carácter de apoderado judicial de la parte intimada en el juicio de estimación e intimación de honorarios profesionales que le sigue el abogado CARLOS LENÍN FIGUERA, en consecuencia, se revoca la sentencia de fecha 22 de julio de 2015, dictada por el juzgado a-quo, correspondiente al fallo de la incidencia que ordenara esta Alzada de conformidad con lo establecido en el artículo 533 del Código de Procedimiento Civil, en tal sentido, se ordena al Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil, Mercantil, Agrario, Bancario y del Tránsito de este Circuito y Circunscripción Judicial, practicar la experticia complementaria del fallo sobre la.....