Por todos los razonamientos anteriores este Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito y Protección de Niños, Niñas y Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la acción de RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, de los cánones de arrendamiento, correspondiente a los meses de (sic...) Noviembre y Diciembre de 2009, Enero, Febrero, Marzo, Abril, Mayo, junio Agosto, Septiembre y Octubre de 2.010, que ha incoado la ciudadana NELLA BRUNELLI DE CHINEA, en contra del ciudadano LUIS RAFAEL REDONDO, ambas partes identificadas ut supra. Todo ello de conformidad con las disposiciones legales y doctrinarias y jurisprudenciales ya citadas y los artículos 12, 15, 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil.
- Se declara CON LUGAR la apelación ejercida al folio 73, por la representación judicial del ciudadano LUIS RAFAEL REDONDO. .....