Por todos los razonamientos anteriores este Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito y Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la apelación ejercida por el abogado JESUS HERRERA, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada en la presente causa, en el juicio que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, incoara el ciudadano JOSE MANUEL LOPEZ DE FREITAS, contra el ciudadano WILMER ISAAC VELASQUEZ BORTHOMIER, todos identificados ut supra. Ello de conformidad con las disposiciones legales, y Jurisprudenciales citadas, y los artículos 12, 15, 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil.