DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara, INADMISIBLE LA APELACIÓN de fecha 03/05/07, formulada por la co- apoderada judicial de la parte demandada, abogada KAROL CRISS SOSA, en contra del auto de fecha 25/04/07, dictado por el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión de la Sala de Juicio con Sede en Puerto Ordaz, a cargo de la abogada LOLIMAR GARCIA HURTADO, en el procedimiento de solicitud de Régimen de Visitas, seguido por la ciudadana CRISTINA INOCELYS PEREZ ACUÑA, en contra del ciudadano JULIO CESAR RODRÍGUEZ VEGAS; en consecuencia, queda confirmado el referido auto de fecha 25/04/07, solo en lo que fue objeto de .....