Por todos los razonamientos anteriores, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, del Tránsito y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE la pretensión de NULIDAD DE TITULO SUPLETORIO, incoara la ciudadana IMER ANTONIO RAMIREZ LOPEZ contra el ciudadano RAFAEL ERNESTO LOPEZ ESCOBAR ampliamente identificadas. Todo ello de conformidad con las disposiciones legales, doctrinarias y jurisprudenciales citadas y los artículos 12, 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil.
Queda así CONFIRMADA la sentencia dictada en fecha 21 de abril de 2006, dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, mercantil y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar.
Se declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte actora, a través de su abogada CARME.....