Por todos los razonamientos expuestos, este Juzgado Superior Civil, Mercantil y de Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la demanda que por RETRACTO LEGAL incoara el ciudadano SERGIO ATILANO MENDOZA contra las ciudadanas CARMEN EMILIA FARRERA y RAQUEL GONZALEZ, todos identificados ut supra, en consecuencia queda CONFIRMADA la sentencia dictada por el Tribunal de la causa por los razonamientos expuestos por esta alzada. Todo ello de conformidad con las disposiciones legales, doctrinarias y jurisprudenciales citadas y los artículos 12, 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil.
Se declara SIN LUGAR la apelación ejercida por los apoderados judiciales de la parte demandada.