Por todos los razonamientos anteriores, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la pretensión que por CUMPLIMIENTO DE OPCION DE COMPRA VENTA, incoara la ciudadana ELVIS MILITZA RODRIGUEZ CORASPE, en contra del ciudadano CESAR RAMON MONTAÑO MARTINEZ, supra identificados.
SEGUNDO: CON LUGAR la reconvención que por RESOLUCION DE CONTRATO DE OPCION DE COMPRA VENTA, propuesta por el ciudadano CESAR RAMON MONTAÑO MARTINEZ, en contra de la ciudadana ELVIS MILITZA RODRIGUEZ CORASPE.
TERCERO: SIN LUGAR, la apelación efectuada en fecha 29-10-2012, por la representación judicial de la parte actora, abogada CARMEN MOTA.
CUARTO: Queda RESUELTO el contrato de Opción de Compra venta, celebrado en fecha 21 de Enero de 2009, por ante la Not.....