DISPOSITIVA
En mérito de lo precedentemente explanado, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, y de Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECLARA: IMPROCEDENTE IN LIMINE LITIS la ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL intentada por el ciudadano MICHEL JAIME ALCANTARA PULVET, asistido por el abogado JUAN CARBALLO, contra el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, en relación a la demanda por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO incoada contra la empresa SERVICIOS SIDERURGICOS SOCIEDAD ANONIMA (SERSISA) expediente distinguido con el Nro. 39.866, nomenclatura del prenombrado Tribunal; ello de conformidad con las disposiciones legales doctrinaria y jurisprudenciales citadas y los artículos 12, 242 y 243 de.....