DISPOSITIVA
Por todas las consideraciones anteriores, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la Acción de Amparo Constitucional, interpuesta por la ciudadana DORIS J. CEDEÑO ZAMORA, asistida por el abogado ALI VERA GONZALEZ, ambos identificados ut pura, contra la medida de secuestro decretada en fecha 17 de diciembre de 2007 sobre el bien inmueble objeto del juicio principal y la medida preventiva de embargo decretada en esa misma fecha sobre bienes de la parte demandada ciudadana DORIS J. CEDEÑO ZAMORA, dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, ello de conformidad con las disposiciones legales y jurispruden.....