DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriores, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR la inhibición planteada por el abogado COSME GONZALEZ LATHULERIE, en su condición de Juez Profesional Provisorio Nº 1 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Puerto Ordaz, "(Sic...) con motivo de la aplicación del artículo 127 de la ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, por parte del Consejo de Protección del Niño y del Adolescente del Municipio Caroní, según oficio de fecha 07 de Marzo de 2007, al no poder ser resuelto en sede administrativa respecto a la problemática presentada por los niños CARLOS LUIS y MARIA CLARA YEP.....