Dicho esto, y siendo la oportunidad correspondiente para pronunciarse sobre la admisión del mismo, se deja expresa constancia que: La sentencia fue dictada el día 26/09/2023, antes del vencimiento del lapso de diferimiento fijado por auto de fecha 14/08/2023, estableciéndose mediante auto de 04/10/2023, que ambas partes se encuentran a derecho, en aplicación al criterio sostenido en la sentencia Nº 243, dictada por la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 09/07/2021, iniciándose así, el lapso de diez (10) días de despacho para ejercer el recurso de casación, vale indicar el 05/10/2023, venciéndose dicho lapso el día 19/10/2023, y el recurso de casación fue interpuesto en fecha 29/09/2023, y ratificado en fecha 09/10/2023, es decir dentro del lapso de Ley. En consecuencia a lo antes expuesto, este tribunal superior ADMITE el referido recurso, por cuanto ha lugar en derecho, de conformidad con lo establecido en el artículo 312 del Código de Procedimiento Civil......