En fuerza de las consideraciones anteriores este JUZGADO SUPERIOR CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO, Y DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación efectuada en fecha 31 de julio de 2013, formulada por el abogado LUIS MIGUEL CORONADO ASTUDILLO, actuando en su propio nombre, parte actora, contra la decisión de fecha 16 de mayo de 2013, que declaró la inadmisibilidad de la demanda, por ESTIMACION E INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES, incoado por el ciudadano LUIS MIGUEL CORONADO ASTUDILLO, en contra de la ciudadana YOALIS FREDERICK, dictado por el Tribunal Primero del Municipio Caroní del Segundo Circuito y Circunscripción Judicial del Estado Bolívar. Todo ello en conformidad con las disposiciones legales, doctrinarias y jurisprudenciales ya citadas y los artículos 12, 15 y 243 del Códi.....