DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriores, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR la demanda interpuesta por los ciudadanos IRIS DEL VALLE VERA DE VIÑA y CARLOS OSWALDO VERA MATO contra el ciudadano YGINIO ANTONIO MATO, todos ampliamente identificados ut supra, ello de conformidad con las disposiciones legales, doctrinarias y jurisprudenciales antes citadas y los artículos 12, 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil.-
Queda REVOCADA la sentencia dictada por el Tribunal de la causa y se declara CON LUGAR la apelación interpuesta por la parte demandada a través de su apoderado judicial abogado JUAN ALBERTO CASTRO PALACIOS.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada de esta decisión y en su oportunida.....