Por todos los razonamientos anteriores, este Juzgado Superior Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CON LUGAR la demanda que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE OPCION A COMPRA VENTA incoara el ciudadano ARSENIO NUÑEZ en contra del ciudadano RAFAEL SUAREZ, quedando MODIFICADA la sentencia dictada por el Tribunal de la causa. En consecuencia se declara, Primero: Resuelto el contrato de opción de compra venta celebrado entre los ciudadanos ARSENIO NUÑEZ y RAFAEL SUAREZ, identificados ut supra Segundo: se ordena a la parte demandada ciudadano RAFAEL SUAREZ, hacer la entrega del bien inmueble constituido por una parcela de terreno y la casa sobre ella construida, ubicada en la urbanización Villa Latina, manzana 06, nº 11, (UD-231, Los Olivos), Puerto Ordaz, Municipio Caroní del Estado Bolívar. Tercero: se ordena al ciudadano ARSEN.....