Por todos los razonamientos anteriores, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario, Marítimo y Aeronáutico del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la ciudadana Danny Clark debidamente asistida por el Abg. Leonardo Méndez, en contra la sentencia interlocutoria dictada por el Tribunal de Municipio... Municipios El Callao y Roscio de este Circuito y Circunscripción Judicial en fecha 04/07/2023.
SEGUNDO: IMPROCEDENTE la oposición planteada por la ciudadana Danny Clark, dada la naturaleza de la presente solicitud.
TERCERO: Se CONFIRMA el fallo dictado por el a quo, en los términos aquí expuestos.
CUARTO: Se condena en costas a la parte recurrente, conforme al artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.