Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la Apelación interpuesta por el ciudadano ERISTER VASQUEZ VASQUEZ, actuando como apoderado judicial de la parte actora, contra la sentencia dictada en fecha 09/11/2009, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz.
SEGUNDO: Como consecuencia de la declaratoria que antecede, se REVOCA la referida decisión por las razones expuestas ampliamente en el presente fallo.
TERCERO: SE REPONE la presente causa al estado que el Juez de Juicio a quien corresponda el conocimiento de la misma se pronuncie al fondo de la controversia en atención al principio de la Doble Instancia.
CUARTO.....