En fecha 05-03-2007, se dicta senetencia mediante la cual el Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la Apelación interpuesta por la parte actora recurrente, contra el acta de audiencia de fecha 22 de septiembre de 2006 dictada por el Juzgado Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, sede Puerto Ordaz, en consecuencia se anula el referido auto y se REPONE LA CAUSA, al estado que el Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, sede Puerto Ordaz, de cumplimiento al auto dictado en fecha 04 de octubre de 2005 en lo que respecta a la celebración de la prolongación de la audiencia preliminar, para lo cual deberá fijar el.....