Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDA, la Apelación ejercida por el ciudadano YOVANNY LEONEL GOMEZ OLIVERO, abogado en ejercicio e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (I.P.S.A.), bajo el Nº. 124.275, en su condición de apoderado judicial de la parte demandada recurrente, en contra de la Sentencia de fecha veinticinco (25) de abril de 2017, dictada por el Tribunal Tercero (3º) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Sede Puerto Ordaz, en virtud de su INCOMPARECENCIA a la Audiencia Oral y Publica de Apelación, ni por sí, ni por medio de apoderado judicial alguno, de conformidad con lo establecido en el Artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Traba.....