En fecha 06-07-2007, se dicta sentencia mediante la cual el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, actuando en sede Constitucional en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recuso de apelación interpuesto por la representación judicial de los accionantes en amparo, TRINO SILVA, MAURO LUGO, BIAYO MORA y ANDRES REAL, en contra la decisión dictada en fecha 11 de mayo de 2007, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo, mediante la cual se declara INADMISIBLE la acción de amparo Constitucional interpuesta por los Ciudadanos TRINO SILVA, MAURO LUGO, BIAYO MORA y ANDRES REAL, debidamente representados por el abogado en ejercicio ARNALDO RAFAEL BUCARELLO GUZM.....