PRIMERO: CON LUGAR, el recurso de apelación ejercido por la ciudadana ALISSON BRUCES.
SEGUNDO: En consecuencia, se declara CON LUGAR el Amparo Constitucional.
TERCERA: En consecuencia, se le ordena a los ciudadanos antes mencionados que se ABSTENGAN de todo acto, medida o acción que limite o menoscabe los derechos constitucionales de la Sociedad Mercantil HELADOS CALI C.A., en cuanto a la violación al libre tránsito, a la libertad económica y al derecho de propiedad consagrados en los artículos 49, 50, 112 y 115 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en relación con los hechos acaecidos los días 08, 09 y 10 de Abril de 2014, así como AMENASAS de violaciones futuras que se relacionen con esos hechos.
CUARTO: Se REVOCA la sentencia.
QUINTO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.-