Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el ciudadano ANTONIO GOMEZ, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 26.957, en su condición de apoderado judicial de la parte demandante en este proceso, en contra de la decisión contenida en Acta levantada en fecha 23 de abril de 2010, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz.
SEGUNDO: En consecuencia de la declaratoria que antecede, se REVOCA el contenido de la referida Acta por las razones antes expresadas.
TERCERO: Se REPONE la causa al estado de que el Juez de Sustanciación, Mediac.....