VI
DISPOSITIVO
Por todos los razonamientos precedentemente establecidos, "Este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar con Sede en la ciudad de Puerto Ordaz, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por el ciudadano RAMON CORDOVA ASCANIO, abogado en ejercicio e inscrito en el I.P.S.A, bajo el Nº 6.308, en su condición de parte demandante recurrente, en contra de la decisión de fecha 26 de Noviembre de 2001, dictada por el Tribunal de Primera Instancia del Trabajo del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Ciudad Bolívar.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la sentencia dictada por el Tribunal de Primera Instancia del Trabajo del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Ciudad Bolívar.
TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.
Se orden.....