En fecha 18-04-2007, se dicta sentencia mediante la cuale el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, actuando en sede Constitucional en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE la Acción de Amparo Constitucional, interpuesta por el presunto agraviado JEAN LUIS VALLENILLA, debidamente representada en juicio por el abogado en ejercicio GERMÁN RAFAEL QUIJADA MERCADO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 80.949, contra las actuaciones judiciales desplegadas por el ciudadano CARLOS CARRASCO, en su condición de Juez adscrito al JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR.
No hay condenatoria en costas, por la naturaleza de la pretensión.