En fecha 18-09-2007, se dicta sentencia mediante la cual el Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la Apelación interpuesta por la representación judicial de la parte demandada recurrente, en contra de la decisión dictada en fecha 07 de Febrero del 2007, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial Laboral del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz.
SEGUNDO: Como consecuencia de la declaratoria que antecede, se MODIFICA la referida decisión por las razones anteriormente expuestas.
TERCERO: SIN LUGAR la defensa previa de Cosa Juzgada interpuesta por la representación judicial de la Empresa C.V.G. FERROMINERA DEL ORINOCO, C.A.
CUARTO: PARCIALMENTE CON LUGAR la acción por COBRO DE INDEMNI.....