En fecha 19-06-2007, se dicta sentencia mediante la cual el
Por todas las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: UNICO: IMPROPONIBLE el Recurso de apelación en ambos efectos interpuesto por el ciudadano MARIO GARCIA SILVEIRA (supra identificado) contra la decisión dictada en acta de fecha 22 de Marzo de 2007, por el Juzgado Cuarto (4to) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar Extensión Territorial Puerto Ordaz; en consecuencia de lo anterior se ordena la remisión inmediata de las presentes actuaciones al Tribunal de origen.
La anterior decisión está fundamentada en los artículos 2, 19, 26, 253, 257 y 334 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; en el artículo 2, 5, 129, 131,.....