CON LUGAR la demanda la demanda incoada por los ciudadanos JOSE ROMERO y GUSTAVO FLORES, responsabilizándose solidariamente a las empresas; DISTRIBUIDORA GAUDI C.A. Y AGUAS DIVINA PASTORA C.A., en el pago de los beneficios laborales condenados por el Tribunal Quinto de Juicio en su fallo de fecha 28/10/2009, los cuales fueron ratificados por este Superioridad la forma como fueron establecidos. Por tanto, se ordena el pago, para el ciudadano JOSE ANGEL ROMERO MIRANDA, de los siguientes beneficios laborales y montos: por antigüedad Bs.F. 16.871,40); por indemnización por despido injustificado e indemnización sustitutiva de preaviso Bs.F.16.890,30; por días de descanso no pagados Bs.F.25.401,60; por descuento por garantía de botellas rotas Bs.F.8.493,00); por descuento por ayudante Bs.F.17.880,oo; por vacaciones 2006-2007 Bs.F. 2.268,oo; por bono vacacional 2006-2007 Bs.F. 1.058,40; por vacaciones fraccionadas 2007-2008 Bs.F.1.814,00); por utilidades 2006 Bs.F.2.268,oo;.....