En fecha 27-09-2007, se dicta snetencia mediante la cual el Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por la parte intimada-recurrente por las razones antes expresadas.
SEGUNDO: SE ANULA la decisión dictada en fecha 20 de junio de 2006, por el Juzgado Primero de Transición de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, por las razones y fundamentos expuestos en este fallo.
TERCERO: PROCEDENTE el derecho de la abogada MARIA AUXILIADORA REYES RIVAS, a percibir honorarios profesionales por las actuaciones judiciales que realizó en representación de la ciudadana MILAGROS CANDELARIA LOPEZ, en la solicitud de Calificación de Despido (exp. 01-7736), que ésta incoa.....