Por todos los razonamientos precedentemente establecidos, este Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con sede en la Ciudad de Puerto Ordaz, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la solicitud de Regulación de Competencia planteada por el ciudadano JOSÉ MIGUEL MOYANO TOMASSINI, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 268.931, actuando en su carácter de abogado sustituto del PROCURADOR GENERAL DEL ESTADO BOLÍVAR, en contra del Auto de fecha veinticuatro (21) de junio de 2017, dictado por el Tribunal Octavo (8º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, sede Puerto Ordaz.
SEGUNDO: Se ratifica el Auto de fecha veintiuno (21) de junio del 2017, emitida por el Tribunal Octavo (8º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y E.....