Por todos los razonamientos anteriores expuestos, Este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, sede Ciudad Bolívar, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad le de Ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la causa , a favor de los Ciudadanos Ramón Celestino Parra y Gustavo Adolfo Aular, de conformidad con lo establecido en el numeral 3° del articulo 318 del Código Orgánico Procesal Penal.-