En base a lo anteriormente expuesto, éste Juzgado ORDENA la apertura del juicio Oral y Publico en contra del Imputado MARIO JOSE GONZALEZ VELASQUEZ, titular de la cedula de identidad numero 16.759.234, venezolano, mayor de edad, nacido en fecha 17/09/1985, soltero y residenciado en el barrio David Morales Bello, calle Santa Elena, casa numero 10 la Sabanita Ciudad Bolívar, por la comisión del delito de POSESIÓN ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y Consumo de Sustancias estupefacientes y Psicotrópicas.
En cuanto a la Medida de coerción Personal, impuesta al Acusado, este tribunal, acordó mantener la Medida de coerción personal, vale decir Medida Cautelar Sustitutiva de Libertada, acordadas en la Audiencia de presentación.
En consecuencia se emplaza a las partes para que en el plazo común de cinco (5) días concurran ante el Juez de Juicio que corresponda, ello de conformidad .....