PRIMERO: CON LUGAR la Inhibición planteada en fecha veintiséis (26) de octubre de dos mil quince (2015), por la abogada DAISY LUNAR CARRIÓN, en su condición de Jueza del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial Bolívar, con sede Puerto Ordaz, de conformidad con lo establecido en el artículo 35 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.