Se declaró CON LUGAR, la Apelación ejercida por la parte demandada recurrente, contra la decisión publicada en fecha veinte (20) de febrero del año dos mil quince (2015), por el Juzgado Cuarto (4to) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Sede Puerto Ordaz.