DISPOSITIVA
Este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar con Sede en la ciudad de Puerto Ordaz, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley Declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida por el ciudadano HUGO MEDINA PRIMERA, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-7.627.771, en su condición de Presidente de la ASOCIACIÓN DE JUBILADOS Y PENSIONADOS DE C.V.G. VENALUM (AJUPEVE), asistido del Profesional del Derecho ciudadano RICARDO R. COA MARTÍNEZ, venezolano, mayor de edad, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 33.829, en contra de la Decisión dictada en fecha treinta y uno (31) de Octubre del dos mil once (2011), proferido por el Juzgado Tercero (3°) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con sede en la Ciudad de Puerto Ordaz. ASI SE DECIDE.-
SEGUNDO: SE CONFIRMA la d.....