Se declaró: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el Recurso de Apelación, interpuesto por la Profesional del Derecho MARIA CAROLINA PULIDO GARCIA, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 66.887, Apoderada Judicial de la parte beneficiaria del acto administrativo impugnado, COMPAÑÍA ANÓNIMA DE ADMINISTRACIÓN Y FOMENTO ELÉCTRICO (CADAFE) hoy CORPORACIÓN ELÉCTRICA NACIONAL (CORPOELEC); en contra de la decisión dictada en fecha once (11) de agosto del año dos mil catorce (2014), por el Tribunal Quinto (5to) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz.
SEGUNDO: Se REVOCA, la sentencia dictada por las razones que se exponen ampliamente en el presente fallo.
TERCERO: SIN LUGAR el RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD contra la Providencia Administrativa 2013-00046 de fecha cuatro (04) de febrero de dos mil trece (2013), emanada de la Inspectoría del Trabajo "Alfredo Maneiro" de Puerto Ordaz, estado Bol.....