En este dia 20 de Septiembre se dicto sentencia mediante la cual este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida por la parte demandante recurrente contra la sentencia de fecha 01 de marzo de 2007, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con sede en la Ciudad de Puerto Ordaz. ASÍ SE DECIDE.