Por todos los razonamientos precedentemente establecidos, este Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con sede en la ciudad de Puerto Ordaz, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de apelación ejercido por la ciudadana NORELIS PAGOLA, Abogada en ejercicio y de este domicilio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 92.773, en su condición de apoderado judicial de la parte actora recurrente; contra la decisión dictada en fecha nueve (09) de marzo del dos mil once (2011), por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con sede en la ciudad de Puerto Ordaz.
SEGUNDO: SE CONFIRMA EN TODAS Y CADA UNA DE SUS PARTES la sentencia dictada en fecha nueve (09) de marzo del dos mil once (2011), por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción J.....