Previo análisis de las actas procesales que conforman el presente expediente, los alegatos de la parte actora recurrente, la decisión recurrida, la doctrina científica y la jurisprudencia patria, éste Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar con Sede en la ciudad de Puerto Ordaz, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley Declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el abogado EDGAR ALCALÁ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (INPREABOGADO), bajo el Nº 93.694 en representación de la parte actora, contra la sentencia dictada en fecha 10/05/2016, por el .
SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia Recurrida, dictada en fecha 10/05/2016, por el