"Este Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, con Sede en la ciudad de Puerto Ordaz, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación ejercido la parte actora, a través de la abogada VICTORIA SUSANA BRICEÑO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 125.696, en contra de la sentencia de fecha 15 de octubre del 2015, por el a quo <>.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia Recurrida, dictada en fecha 15 de octubre del 2015, por el Tribunal Primero (1º) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo, de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz>>.
TERCERO: No hay condenatoria en Costas dada la naturaleza del fallo.
Se ordena la remisión de la presente c.....