En fuerza de las consideraciones anteriores, este Tribunal Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el abogado FRANK L. SILVA, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 39.596, en representación de la parte actora, en contra de la sentencia dictada en fecha 07/03/2016, por el .
SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia Recurrida, dictada en fecha 07/03/2016, por el .
TERCERO: No hay condenatoria en Costas dada la naturaleza del fallo.
Se ordena oficiar, .....