Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Superior Tercero (3º) del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDO el Recurso de Apelación interpuesto por el abogado FRANK L. SILVA, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 39.596, en representación de la parte actora, en contra de la sentencia dictada en fecha 18/07/2016, por el .
SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia Recurrida, dictada en fecha 18/07/2016, por el .
TERCERO: No hay condenatoria en Costas dada la naturaleza del fallo.
Se ordena ofi.....